lunes 07 de octubre de 2024

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Todo Jujuy. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
7 de octubre de 2024 - 12:09
País.

Cómo serán las indemnizaciones por despido tras la reforma laboral: los detalles

A través de convenios colectivos, los trabajadores y empleadores podrán optar por un fondo de cese laboral en lugar de la tradicional indemnización por antigüedad

Por  Malka Alvarenga Miranda

El Gobierno nacional reglamentó la Reforma Laboral que el presidente Milei presentó dentro de la Ley Bases. El artículo 96, crea un sistema indemnizatorio distinto para los nuevos trabajadores, similar al que se utiliza en la industria de la construcción. De hecho, el mandatario nacional se reunió en secreto con el líder de la Uocra, Gerardo Martínez, para que le brinde detalles sobre el Fondo de Cese Laboral que rige en ese sector.

¿Qué dice este artículo de la reforma laboral? “Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la ley 20.744. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina”.

Jefe
Para muchas personas, una de las principales ventajas del trabajo autónomo es tener el control sobre cómo gastar el tiempo; sin embargo la sobre exigencia causa otros problemas.

Para muchas personas, una de las principales ventajas del trabajo autónomo es tener el control sobre cómo gastar el tiempo; sin embargo la sobre exigencia causa otros problemas.

El nuevo sistema de cese laboral

El Sistema de Cese Laboral se plantea como una alternativa moderna para gestionar las indemnizaciones en el contexto de la finalización de una relación de trabajo. De acuerdo con la normativa, el sistema deberá establecer de manera clara las causas, circunstancias y condiciones que activarán el pago de una compensación económica al trabajador al finalizar el vínculo laboral.

En relación al monto y las formas de pago, el Sistema de Cese podrá ajustarse a diferentes parámetros de la relación laboral, como la antigüedad, el tipo de contrato o las particularidades de la actividad desempeñada. Asimismo, se permitirá acordar mecanismos de mediación o solución de conflictos para abordar posibles desacuerdos entre las partes involucradas.

Uno de los aspectos más relevantes de esta reforma es el trato preferencial para los trabajadores despedidos sin causa justificada. En estos casos, el Sistema de Cese Laboral brindará una protección adicional, garantizando una compensación adecuada según la situación del trabajador. Para financiar este sistema, se podrán emplear fondos de cese o contratar seguros colectivos o individuales, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos por la reglamentación.

El artículo 7 de la normativa en cuestión detalla los principios esenciales del Sistema de Cese Laboral. Este reemplazará la indemnización por antigüedad contemplada en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, así como cualquier otra compensación basada en ese criterio. Esta disposición representa un cambio importante en el régimen de compensación laboral, tradicionalmente vinculado a la antigüedad del trabajador.

Al iniciar una nueva relación de trabajo, empleador y trabajador deberán decidir si se regirán por el Sistema de Cese Laboral previsto en el convenio colectivo o si prefieren mantener el sistema tradicional de indemnización.

Si la relación laboral concluye por mutuo acuerdo, cualquier pago acordado podrá realizarse a través de las metodologías que establece el Sistema de Cese Laboral, aunque nada impedirá que las partes acuerden otras compensaciones, siempre dentro del marco legal.

La normativa también señala que, al comenzar una nueva relación laboral, ambas partes deben acordar si optan por el Sistema de Cese Laboral o por el esquema tradicional de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo este acuerdo vinculante y modificable solo mediante consenso escrito.

El Gobierno busca promover el empleo registrado mediante un "blanqueo" para regularizar las relaciones laborales no registradas o mal registradas.

Flexibilidad en los convenios colectivos

Uno de los aspectos más innovadores de esta reforma es la flexibilidad que otorga a los convenios colectivos de trabajo. Estos podrán establecer diversos sistemas de fondo de cese laboral, adaptados a las necesidades de distintos tipos de empresas, actividades o subsectores. Esta variabilidad permitirá que cada sector defina las condiciones y modalidades de pago más adecuadas a sus características, siempre cumpliendo con los requisitos mínimos establecidos por la reglamentación.

Es importante destacar que estos sistemas no podrán incluir el cobro de comisiones, tasas o montos que beneficien directa o indirectamente a los representantes de los empleadores o a las asociaciones sindicales, garantizando que los fondos destinados al Sistema de Cese Laboral se utilicen exclusivamente en beneficio de los trabajadores. Asimismo, los pagos realizados a través de este sistema tendrán un efecto cancelatorio pleno y definitivo de las indemnizaciones a las que sustituyan, cerrando cualquier posibilidad de reclamación posterior por parte del trabajador.

Aplicación a relaciones laborales preexistentes

La reglamentación también prevé la posibilidad de aplicar el nuevo Sistema de Cese Laboral a las relaciones laborales que ya estaban vigentes antes de la entrada en vigor de la reforma. En estos casos, tanto el empleador como el trabajador podrán acordar, de mutuo acuerdo, la transición al nuevo sistema. Además, los convenios colectivos podrán establecer un régimen especial para estos trabajadores, facilitando la adaptación al nuevo marco normativo sin generar conflictos o pérdidas de derechos adquiridos.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace:  https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
Seguí leyendo

Lo destacado