La Ayuda Escolar Anual es una asistencia del Gobierno que está dirigida a quienes ya son titulares de AUH (Asignación Universal Por Hijo) y Asignación Familiar por Hijo, según el nivel de ingresos del grupo familiar (no debe superar los $4.023.266, sin límites de ingresos para hijos con discapacidad).
De acuerdo a la información que figura en el sitio oficial de la Anses, en marzo de 2025 comienza el pago que, por única vez, incluye un refuerzo extraordinario, de manera que la Ayuda Escolar Anual es de $85.000 por hijo y lo percibe uno de los padres por única vez en el año.
Qué se necesita para la Ayuda Escolar
El tramite inicia con la presentación de la declaración jurada de salario familiar constituye uno de los pasos esenciales para acceder al beneficio de la ayuda escolar anual, según el marco establecido. Este requisito se acompaña de la obligación de contar con un certificado de escolaridad, documento que acredita la asistencia regular de los hijos al sistema educativo formal.
Cómo tramitar la Ayuda Escolar Anual 2025
Para acreditar la escolaridad de los menores es preciso completar un formulario que se obtiene desde el sitio oficial de la Anses y que debe ser completado con los datos del alumno y del establecimiento al que concurre. Posteriormente, la ficha se debe subir al sitio, ya sea desde la computadora o el celular.
La presentación del certificado de escolaridad puede hacerse a través de la app Mi Anses, o bien, en la web del organismo
Pasos para tramitar la Ayuda Escolar desde la web
- Ingresar a Mi Anses
- Ir al apartado Hijos y luego hacer clic en Presentar Certificado Escolar
- Obtener el formulario para cada hijo
- Elegir Generar Certificado, completar los datos requeridos y seleccionar Generar.
- Imprimir el certificado y llevarlo a la institución escolar para que lo completen y firmen.
- Ingresar nuevamente a mi ANSES, apartado Hijos
- Seleccionar: Presentar Certificado Escolar
- Luego elegir la opción Subir Certificado y cargar la foto del formulario completo y firmado desde el celular o computadora
Requisitos para pedir la Ayuda Escolar Anual
De acuerdo a la información que publica la Anses, los solicitantes de este tipo de asistencia deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener hijos entre 45 días y 17 años inclusive. Los menores deben asistir a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial (nivel inicial, primario y secundario).
- En el caso de los hijos con discapacidad no hay límite de edad. Deben asistir a establecimientos (públicos o privados) de enseñanza oficial o especial o recibir apoyo de maestros particulares, o concurrir a talleres protegidos o de formación laboral o recibir rehabilitación.
- Los Ingresos del Grupo Familiar (IGF) no deben superar los $4.023.266. A su vez, el tope máximo por cada integrante es de $2.011.633.
Ayuda Escolar Anual
Es un apoyo económico anual para acompañar a todos los niños y adolescentes de la Asignación Universal y Familiar por Hijo en el inicio de cada ciclo lectivo
¿Quiénes son los beneficiados?
ANSES establece que las asignaciones destinadas a la ayuda escolar anual benefician a familias cuyos hijos asisten a instituciones educativas y cumplen ciertos requisitos. En particular, no existen límites de edad para acceder a este apoyo en casos de personas con discapacidad que participen en educación especial, talleres protegidos, centros de rehabilitación o bajo la guía de maestros particulares matriculados, según el organismo.
Para menores de 18 años, la asignación se dirige a quienes estén matriculados en instituciones de enseñanza inicial, primaria o secundaria, ya sean públicas, privadas, municipales, provinciales o nacionales, subvencionadas o no, siempre que estén incluidas y fiscalizadas bajo el sistema oficial de educación. ANSES específica que los beneficiarios pueden comenzar a recibir esta ayuda a partir de los 45 días de vida y hasta el mes en el que cumplan los 18 años, siempre que estén escolarizados.
Asimismo, ANSES aclara que las escuelas especiales, los talleres y otros espacios educativos relacionados con la discapacidad, tanto públicos como privados, también son elegibles para garantizar este derecho. Este beneficio refuerza el acceso a medios de educación adecuados para personas con necesidades especiales, sin restricciones vinculadas a la edad.
Cuándo se cobra
El pago se realiza según el último número del DNI del beneficiario:
- DNI terminados en 0: miércoles 12 de marzo.
- DNI terminados en 1: jueves 13 de marzo.
- DNI terminados en 2: viernes 14 de marzo.
- DNI terminados en 3: lunes 17 de marzo.
- DNI terminados en 4: martes 18 de marzo.
- DNI terminados en 5: miércoles 19 de marzo.
- DNI terminados en 6: jueves 20 de marzo.
- DNI terminados en 7: viernes 21 de marzo.
- DNI terminados en 8: lunes 25 de marzo.
- DNI terminados en 9: martes 26 de marzo.
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